Para no ser menos que otros paises ya tenemos en España la primera demanda presentada por lo civil contra un fabricante de software, vamos, lo que viene siendo un desarrollador de software.

Promusicae ha demandado a un fabricante de ‘software’ español, Pablo Soto, por 13 millones de euros por considerar que sus programas Blubster, ManolitoP2P y Piolet, desarrollados bajo el protocolo MP2P, son “para el intercambio ilegal entre particulares de música protegida”, esta argumenta en su demanda que Soto desarrolló estas herramientas “con evidente ánimo de lucro” y asegura que, las perdidas causadas por estos programas en más de 13 millones de euros, cantidad que reclama al acusado, además del cierre de los sitios web de sus programas.

David Bravo y Javier de la Cueva, abogados de Soto, aseguran que éste desarrolló el ‘software’ al que alude la demanda para la distribución de música libre, con licencia ‘copyleft’, y que se encuentra ligado a este movimiento.

Además, añaden que sólo es el desarrollador de estos programas, y que el contenido no está bajo su control, sino que el intercambio se produce entre usuarios, como en cualquier otra red P2P. Por ello, pese a que las discográficas argumentan que debería filtrar los contenidos, su respuesta es que el control, protección y filtro de la música corresponde a sus creadores y distribuidores, las discográficas, y no al desarrollador del ‘software’

En su demanda, Promusicae asegura que Soto desarrolló estos programas con ánimo de lucro debido a dos motivos: primero, que vende versiones mejoradas de ellos aparte de las gratuitas; segundo, que obtenía ingresos por publicidad. A lo que los abogados del demandado argumentan que es un ánimo de lucro lícito para un empresario de ‘software’ relacionado con la música libre.

Su objetivo es reproducir en España el caso Napster, aseguran los abogados de Soto, que en septiembre del año 2001, tuvo que pagar 10 millones de euros a las discográficas por vulnerar sus derechos de autor y para poder seguir en funcionamiento.

Sin embargo, este caso, según los abogados defensores, es muy diferente por dos motivos. El primero es que Napster era un servicio centralizado, donde los contenidos pasaban por las manos de la compañía, mientras los creados por Soto son descentralizados. Segundo, que mientras en aquella ocasión no había un desarrollo amplio de la música libre ni el ‘copyleft’, sí lo hay en esta ocasión, y para el intercambio de este tipo de contenidos están diseñados los programas de Pablo Soto, aseguran.

En estos momentos solo puedo decir… ¡QUE FUERTE ME PARECE! Que las discográficas y demás en vista de que no han sabido adaptarse a los tiempos que corren opten por matar moscas a cañonazos ¿acaso no se dan cuenta de que fallan ellos? Realmente yo soy de lo que piensa que si algo realmente merece la pena lo mejor es comprarselo, pero en el mundo musical y del cine ya puestos, es mejor saber que merece la pena que gastarte un dinero significativo, por que 15€ por un disco y 25€ por una película, es un dinero significativo, por algo que NO se puede devolver y que si no te gusta, te aguantas.

Fuente | ElMundo